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Plan Renove de Calderas y Calentadores Individuales de la Comunidad de Madrid (2019)

El Plan Renove de Calderas y Calentadores Individuales de la Comunidad de Madrid incentiva la sustitución de calderas y calentadores individuales domésticos ubicados en viviendas del sector residencial de la Comunidad de Madrid por otros más modernos, fomentando el ahorro energético y económico, mejorando las condiciones de seguridad y reduciendo la emisión de elementos contaminantes.

¿Qué se incentiva?

Podrán obtener la condición de beneficiarios de las ayudas las personas físicas y jurídicas que acrediten el cumplimiento de los requisitos y realicen las actividades subvencionables particulares exigidas para el desarrollo del Plan Renove regulado en las correspondientes bases reguladoras.

Las ayudas objeto del Plan Renove de Calderas y Calentadores Individuales se destinarán a la sustitución de antiguas calderas y calentadores individuales domésticos ubicados en viviendas del sector residencial de la Comunidad de Madrid por otros más modernos, cuya fecha de presupuesto, factura/s y justificante/s de pago estén comprendidos entre el 11 de junio de 2019 y el 31 de diciembre de 2019 o, en su caso, hasta que finalice el período de prórroga. En caso de que este plazo sea prorrogado, se hará público a través de la página web de la Fundación de la Energía y de acuerdo con la normativa vigente.

Por lo tanto, tendrán la consideración de inversiones subvencionables en el Plan Renove de Calderas y Calentadores Individuales aquellas que cumplan los siguientes criterios:

a) Que los aparatos que se instalen sean nuevos, lo cual se acreditará mediante la factura correspondiente, y que satisfagan las siguientes características:

  • En el caso de calderas, estas deberán ser siempre de condensación.
  • En el caso de calentadores, estos deberán ser siempre estancos de bajo NOx.

b) Que las calderas y calentadores que se instalen se encuentren en la base de datos de calderas y calentadores creada al efecto por la Fundación de la Energía a partir de la información facilitada por las Empresas Fabricantes Adheridas al Plan Renove de Calderas y Calentadores Individuales.

c) Que las calderas y calentadores sustituidos sean inutilizados.

d) Que la compra del aparato aparezca en factura junto a su instalación.

En todo caso, los requisitos adicionales exigidos para solicitar el incentivo, así como la documentación que ha de acompañar al Boletín de Solicitud se describen en los artículos de las bases reguladoras, así como en los artículos de la Orden de convocatoria.

¿Cuáles son las cuantías de las ayudas?

La cuantía del incentivo que podrán percibir los titulares o arrendatarios de las viviendas que realicen la reforma cumpliendo los requisitos establecidos en la convocatoria y sus respectivas bases reguladoras será la siguiente:

a) En el caso de calderas de condensación, 350 euros por vivienda.

b) En el caso de calentadores estancos de bajo NOx, 150 euros por vivienda.

La ayuda del Plan Renove estará limitada, en cualquiera de los casos, al 25 por 100 del coste elegible (IVA no incluido). Se entenderá por coste elegible la suma de todas las partidas originadas por la reforma de la instalación. A efectos de la determinación de la inversión subvencionable, no se incluirán entre los costes elegibles el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) satisfecho por la adquisición de bienes o servicios facturados, así como los gastos que no estén claramente definidos o no resulten imputables directamente a la actuación susceptible de ayuda. Tampoco se considerará coste elegible todo aquel pago que no haya sido efectuado a través de medio bancario. En caso de que el pago realizado y justificado no corresponda a la totalidad del importe de la inversión subvencionada, la ayuda se minorará proporcionalmente.

¿Cuál es el plazo de presentación de solicitudes?

El plazo de presentación de solicitudes será desde el 11 de junio de 2019 y hasta el 31 de diciembre de 2019 o, en su caso, hasta que finalice el período de prórroga del Plan Renove de Calderas y Calentadores Individuales, siempre que exista crédito disponible.

¿Cuál es el crédito presupuestario?

La dotación presupuestaria para esta convocatoria será de 620.000 euros.

¿Quién tramita las solicitudes?

Las solicitudes se tramitarán por orden cronológico de entrada (día y hora) hasta agotar el crédito disponible. Las solicitudes de ayuda se canalizarán necesariamente a través de las empresas instaladoras adheridas según los requisitos y procedimientos que se detallan en las Bases Reguladoras (Orden de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, de 16 de abril de 2019, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 22 de mayo de 2019).

 


Se puede consultar toda la información sobre estas ayudas en la web: www.planrenovedecalderasindividuales.com. Para cualquier consulta puede ponerse en contacto a través de nuestro correo electrónico.

NORMATIVA