Plan Renove de Puertas de Garaje de la Comunidad de Madrid (2016)
La Comunidad de Madrid promueve la adecuación de las puertas de garaje al Marcado CE en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
Se considerarán actuaciones incentivables las modificaciones de las puertas motorizadas de garaje cuya puesta en servicio se realizó con anterioridad al 1 de enero de 1995 para que, realizando las modificaciones necesarias y añadiendo los dispositivos de seguridad preceptivos, cumplan la normativa vigente y sean objeto de Marcado CE y de la correspondiente Declaración CE de Conformidad, acorde con la Directiva de Máquinas y demás Directivas de aplicación, como las de Baja Tensión, Compatibilidad Electromagnética y, en su caso, Equipos Radioeléctricos y Equipos Terminales de Telecomunicación.
Las modificaciones se realizarán de acuerdo con lo establecido en la Directiva de Máquinas 2006/42/CE, Norma Armonizada EN 13.241, Anexo ZA y Norma UNE 85635, en lo que se refiere a las tareas a desarrollar por los agentes que modifiquen las puertas, a los componentes mínimos para garantizar la seguridad de las puertas y a la documentación necesaria y que se debe entregar a los titulares de dichas puertas.
Además, se deben cumplir las condiciones siguientes:
- La actuación debe realizarse en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
- Podrán ser beneficiarios de los incentivos previstos por este Plan Renove los propietarios de las puertas motorizadas de garaje.
- Todos los equipos y componentes eléctricos y/o electrónicos que se instalen y para los que sea preceptivo, deben contar con el Marcado CE dado por el suministrador de los mismos.
- En el caso de puertas accionadas por un mando a distancia, se deberá cumplir con la Directiva 95/5/CE de Equipos Radioeléctricos y Equipos Terminales de Telecomunicación.
- Podrán acogerse al Plan las actuaciones que se realicen desde el 1 de enero de 2016 y hasta el agotamiento de los fondos presupuestarios disponibles, con el límite del 31 de diciembre de 2016.